DEFENSORÍA DE LAS AUDIENCIAS
¿Qué es la defensoría de las audiencias?
La defensora de la audiencia será la responsable de recibir, documentar, procesar y dar seguimiento a las observaciones, quejas, sugerencias, peticiones o señalamientos de las personas que componen la audiencia de Canal 26, 92.7 FM y 98.1 F.M. Es uno de los mecanismos con los que cuenta Radio y Televisión de Aguascalientes para mantener un contacto directo con las audiencias.
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¿Quién es la defensora?
Lic. Sharon Dávila Villa Seca
Licenciada en Comunicación Medios Masivos por la Universidad Autónoma de Aguascalientes, ha tomado diplomados, talleres y cursos orientados a la especialización en el manejo de medios, contención de crisis, periodismo social, comunicación interna, gestión de equipos, equidad y diversidad.
¿Cuáles son los derechos de la audiencia?
Son derechos de las audiencias del servicio de radiodifusión y del servicio de televisión y/o audios restringidos:
- El respeto de los derechos humanos, el interés superior de la niñez y la Igualdad de Género.
- Recibir contenidos libres de discriminación.
III. Ejercer libremente, sin persecución o investigación judicial o administrativa alguna, el derecho o de información, de expresión y de recepción de contenidos audiovisuales a través del Servicio de Radiodifusión y del Servicio de Televisión y/o Audio Restringidos.
- Protección y defensa efectiva de los derechos de las Audiencias en términos de la Constitución, los tratados internacionales, la Ley, los Lineamientos y demás disposiciones aplicables;
- Que la programación que se difunda, en el marco de la libertad de expresión y recepción de ideas e información, propicie:
- a) La integración de las familias;
- b) El desarrollo armónico de la niñez;
- c) El mejoramiento de los sistemas educativos;
- d) La difusión de los valores artísticos, históricos y culturales;
- e) El desarrollo sustentable;
- f) La difusión de las ideas que afirmen nuestra unidad nacional;
- g) La Igualdad de Género entre mujeres y hombres;
- h) La divulgación del conocimiento científico y técnico, y
- i) El uso correcto del lenguaje.
- Recibir advertencias sobre contenidos que puedan perjudicar el libre desarrollo de la personalidad de Niñas, Niños y Adolescentes
VII. Presentación en pantalla de los títulos de los programas y su, clasificación
VIII. Recibir advertencias sobre determinados contenidos qué puedan resultar impropios o inadecuados para los menores
- Recibir contenidos diarios que incluyan información sobre acontecimientos de carácter político, social, cultural, deportivo y otros asuntos de interés general, nacionales o internacionales;
- Recibir contenidos que reflejen la pluralidad ideológica, política, social y cultural y lingüística de la Nación;
- Recibir información con veracidad y oportunidad;
XII. Que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta;
XIII. Que se aporten elementos para distinguir entre la Publicidad y el contenido de un programa;
XIV. Recibir programación que incluya diferentes géneros que respondan a la expresión de la diversidad y pluralidad de ideas y opiniones que fortalezcan la vida democrática de la sociedad;
- Equilibrio entre la Publicidad y el conjunto de la programación diaria;
XVI. No transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa;
XVII. Que la publicidad cumpla con los requisitos de clasificación, incluidas las franjas horarias, que contemplen las disposiciones aplicables;
XVIII. Que la publicidad no presente conductas o situaciones en las que la falta de un producto o servicio sea motivo de discriminación de cualquier índole;
XIX. Que se respeten los horarios de los programas, y que se avise con oportunidad los cambios a los mismos y se incluyan avisos parentales;
- Ejercer el derecho de réplica, en términos de la ley reglamentaria;
XXI. Que se mantenga la misma calidad y niveles de audio y video durante la programación, incluida la publicidad;
XXII. Existencia y cumplimiento de un Código de Ética;
XXIII. Existencia y difusión adecuada y oportuna de la rectificación, recomendación o propuesta de acción que corresponda al caso, según el derecho que como Audiencia haya sido violado, y
XXIV. Contar con mecanismos y programas que fomenten y contribuyan a la alfabetización mediática.
¿Cómo me pongo en contacto con la defensora de las audiencias?
A través del correo electrónico: defensaparalaaudiencia@gmail.com las y los radioescuchas o televidentes deberán formular sus reclamaciones por escrito e identificarse con nombre, apellidos, domicilio, teléfono y correo electrónico, a fin de que reciban una respuesta individualizada.
Asimismo, deberán presentar sus reclamaciones o sugerencias en un plazo no superior a siete días hábiles posteriores a la emisión del programa objeto de la misma